En el mundo inmobiliario hay una pregunta que se realiza de manera regular, pues es un escenario particular y que genera algunas dudas: ¿Se puede vender una vivienda que tiene una deuda de crédito hipotecario?
¡Encuentra la respuesta en esta nota!
¿Es posible vender un inmueble con crédito hipotecario?
La respuesta es simple: Sí es posible. Cualquier propietario puede vender su casa o departamento aún cuando no ha terminado de pagar la deuda del crédito hipotecario. Este crédito no influye en el valor de venta ni en los plazos del dividendo que se acordaron con la entidad financiera.
Sin embargo, hay algunos puntos que debes considerar. Por ejemplo, asegúrate de que para cubrir el pago del crédito, el precio de la nueva compraventa deberá ser superior al monto de la deuda financiera pendiente.
Es aquí donde ingresan otros conceptos como la plusvalía, pues si esta ha aumentado con el paso de los años se podrá ofrecer un valor mucho más alto que el total del préstamo y así generar una ganancia significativa.
¿Cómo se realiza la transacción?
Cuando se vende una vivienda con una deuda de crédito hipotecario, es importante que en la transacción se le garantice a la entidad financiera el pago de la deuda pendiente.
El procedimiento varía según el banco, pero por lo general el vendedor y comprador incluyen en la escritura de compraventa una cláusula de alzamiento de la hipoteca que entrega la entidad financiera.
Otra opción es que el comprador sea quien asuma la deuda hipotecaria. Este contexto se genera cuando las condiciones del crédito son convenientes para el comprador (por ejemplo, una buena tasa de interés). De esta manera, se traspasa la deuda al comprador bajo las condiciones iniciales del crédito con una previa aceptación del banco. Es decir, una renovación del préstamo, pero a nombre de otra persona.
Por lo general, en estas situaciones se deberá realizar una nueva tasación de la propiedad como solicitud de la entidad financiera.
Algunos documentos importantes y necesarios en una compra de un inmueble con crédito hipotecario son:
- Certificado de avalúo fiscal detallado.
- Certificado de dominio, litigios, registros de hipotecas, gravámenes y prohibiciones.
- Certificado de número.
- Certificado de afectación a utilidad pública
- Certificado de no expropiación SERVIU
- Escritura de compraventa
- Fotocopia de cédula de identidad del vendedor
- Certificado de deuda de contribuciones
- Certificado de recepción final
- Liquidación de deuda o crédito que es solicitada en el banco
Una vez firmada la escritura y realizados los pagos correspondientes entre las partes comprador y vendedor, se enviará a la entidad financiera para su aprobación final. Por último, se enviará al Conservador de Bienes Raíces para la tramitación del levantamiento de la hipoteca y su inscripción a nombre del nuevo propietario.
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