En el mundo de la inversión inmobiliaria es probable que hayas escuchado la pregunta: ¿Cómo se puede recuperar el IVA en la compra de un inmueble?
Esta interrogante se genera en la búsqueda de optimizar tu inversión y maximizar tus retornos. Por eso, en esta nota te contamos si es posible y de qué se trata esta devolución.
¿Es posible esta devolución?
Sí, es posible. Según el Artículo 27 bis de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, se puede recuperar el remanente de crédito fiscal que se ha acumulado en la compra de un inmueble. Esto hace realidad la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se ha pagado durante el proceso de compra de una casa o departamento.
¿Cuándo se solicita la devolución del IVA?
La solicitud de devolución se puede realizar desde 2 períodos tributarios a partir que la factura figure en el registro de compras y ventas del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Beneficio para inversionistas
Cuando una persona invierte en inmuebles tiene el beneficio de recuperar el IVA de la propiedad con el fin de generar liquidez en corto plazo e incluso añadiendo la posibilidad de ingresar a un nuevo ciclo de inversión con más departamentos.
Este proceso permitirá recobrar aproximadamente entre el 14 y 16 % del costo del inmueble adquirido. Por ejemplo, si un departamento costó 2200 UF el inversionista podrá recuperar entre 11 a 12,6 millones de pesos.
¿Cómo recuperar el IVA cuando se invierte en una propiedad?
Al momento de comprar un bien gravado con IVA se genera el IVA Crédito Fiscal que posteriormente se compensa con el IVA Débito Fiscal, el cual se recibe cuando se vende este bien o servicio.
En el caso de que el IVA Crédito Fiscal que ya está pagado sea mayor al IVA Débito Fiscal que se cobra, se produce el remanente del IVA Crédito Fiscal. Este remanente es un saldo a favor del inversionista que el Estado le estará debiendo.
Este saldo se recuperará cada año a medida que se vaya generando IVA Débito Fiscal, es decir vendiendo servicios o bienes gravados con IVA.
Es aquí donde se presenta la oportunidad para los inversionistas inmobiliarios, pues el SII realiza un pago en concepto de adelanto por el monto total del remanente del IVA Crédito Fiscal por la adquisición de un inmueble. Este pago ocurre 6 meses luego de la compra del inmueble.
Asimismo, el valor del IVA que generalmente es de 19% se reduce en el caso de inmuebles a 14 o 16 %, ya que se disminuye el costo del terreno en donde se realizó la construcción.
¿Cómo aplicar a la devolución del IVA?
Para poder aplicar a esta solicitud de devolución del IVA en la compra de un inmueble se deben cumplir ciertos requerimientos:
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El comprador debe realizar la adquisición del inmueble a nombre de entidad jurídica con actividades en primera categoría afecta a IVA. Es decir, se pasa a tributar como si fuera una empresa.
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La factura de la compra de la propiedad deberá clasificarse como un Activo Fijo.
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El IVA Crédito Fiscal en la factura de compra del inmueble debe acumularse durante dos periodos tributarios consecutivos como mínimo.
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A partir del tercer mes de escriturado el inmueble, se podrá solicitar la devolución mediante el formulario 3280 de “Solicitud de Devolución por Art 27BIS”.
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El SII también solicitará otros documentos como contrato de arriendo del departamento, factura de compra, libros contables, entre otros.
Como se puede apreciar, existen beneficios para inversionistas inmobiliarios a parte del retorno de inversión que se genera al arrendar una propiedad. Además, existen otras ventajas como beneficios tributarios otorgados por el Gobierno como el DFL2 o el próximo reembolso de hasta 16 UTM por la adquisición de viviendas con crédito hipotecario. ¡Y pueden combinarse con la devolución del IVA!
Para tener mayor información sobre estos beneficios para inversionistas, te invitamos a contactar a nuestro equipo especializado en inversión inmobiliaria que te presentará las mejores oportunidades para asegurar tu futuro invirtiendo en inmuebles. ¡Te esperamos!